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SEGMENTO ECONÓMICO. PRIMEROS
PASOS DE LA GESTIÓN DE DOMINGO CAVALLO. Ley
de competitividad. En
el informe anterior (al 26/3/2001, se lo puede consultar en Internet) comentábamos
la llamada Ley de Competitividad que, en esencia, contiene el impuesto a los débitos
y créditos bancarios. El
día 30/3/2001 se publicaron las normas de aplicación de ese impuesto. Sobre
los aspectos netamente tributarios se hacen comentarios más adelante. Desde
una perspectiva económica, podemos señalar lo siguiente: Alícuota
del 0,25 % para débitos y también de 0,25 % para créditos. Tal
como se anunció, la alícuota resultó significativamente menor a lo autorizado
por ley. El impacto, aún así, será de importancia. La alicuota diferencial quedó en el 0,075 %, para créditos y débitos, con lo que se llegaría al 0,15 % sobre el total de las transacciones. Esta alicuota será aplicable a consignatarios y comisionistas de hacienda y granos, liquidaciones a negocios que realicen las tarjetas de crédito y entidades que operen sistemas de cuentas electrónicas por Internet. Igualmente corresponderá esa tasa para las cuentas de uso exclusivo en actividades de intermediación y servicios de entidades bancarias, casas de cambio, corredores, agentes de bolsa y de mercado abierto. Exentas
quedaron las cuentas de empresas dedicadas a los servicios electrónicos de
pagos por cuenta de terceros de servicios públicos, impuestos y otros servicios
asimilables. Por
ahora no se computa para IVA y Ganancias. Tal
como anticipamos, no se reglamentó, por el momento, esa posibilidad. Economía
desea comprobar, primero, cómo evolucionará la recaudación. Pocos
resquicios para no estar alcanzado por el impuesto. El decreto reglamentario (Dec. 380/2001) contiene numerosas disposiciones para limitar posibilidades de evitar el pago del impuesto mediante la instrumentación de cobranzas y pagos que no empleen la cuenta corriente bancaria. Poco
es, en verdad, lo que parece que puede hacerse en ese sentido, aunque se están
estudiando alternativas actuales o por crearse, que ayuden a reducir el impacto
del impuesto. Debería, igualmente, analizarse caso por caso. Sin
duda, una de ellas es el endoso de cheques de terceros. Pero esto tropieza con
las normas de la ley que estableció una suma límite a partir de la cual los
pagos deben ser instrumentados a través de bancos para ser considerados válidos.
Ese límite, antes de $ 10.000,- es, a partir de la ley de competitividad, de
$ 1.000,-. Por
otra parte, el Central ya reglamentó la limitación del número de endosos.
Habrá un endoso para cheques comunes y dos para cheques de pago diferido. Las
operaciones de comercio exterior no están alcanzadas. Tendrá como efecto el reducir las etapas
en las exportaciones y las importaciones. Se
empezará a aplicar a partir del 3/4/2001. Ley
de superpoderes (Ley 25414, B.O. 30/3/2001). El Congreso le aprobó una serie de facilidades para que el Poder Ejecutivo, en verdad el Ministro Cavallo, pueda llevar adelante reformas que requerirían tratamiento en el Congreso. Con esta ley, el Poder Ejecutivo podrá hasta el 1/3/2002 dictar una serie de normas que constitucionalmente son competencia del Congreso. Es
notable cómo la aceleración de la crisis hizo que los legisladores cedieran
facultades que en otros tiempos no habrían otorgado con facilidad. La sorpresa
es mayor todavía si se mira que quien las utilizará, principalmente Cavallo,
es una figura bastante resistida en el ambiente político del Congreso. La
“jugada” es, sin duda, muy hábil porque si bien el Presidente tenía ya la
posibilidad de dictar decretos de “necesidad y urgencia”, se había
encontrado con dificultades prácticas para lograr que varios de ellos pudieran
entrar en vigor. El poder legislativo retaceaba su aprobación y, como si esto
fuera poco, el judicial frecuentemente dictaba medidas de no innovar que paraban
la aplicación de esos decretos. Dos casos típicos son la reforma previsional
(12/2000) y la desregulación de obras sociales (debió comenzar este año). ¿Qué puede esperarse en este terreno? Anotemos los puntos principales: Ajuste
en el Estado. Para
actuar sobre el estado, consiguió únicamente poderes sobre organismos
descentralizados o autárquicos. No podrá cambiar la situación de los
empleados de la administración pública central, pero sí la de estos
organismos estatales que siguen siendo de importancia. Tampoco lo podrá hacer
sobre el Pami, que pese a ser descentralizado, quedó expresamente excluido. No
deben esperarse cambios efectivos en este terreno, aunque sí alguna medida de
impacto de medios de comunicación. Es decir, no creemos que se reduzcan los
costos de personal del sector público. Modificación
de ley de ministerios. Es
más probable esperar que se incremente el número de ministerios para cubrir
necesidades y pedidos de socios políticos. En verdad, esto puede aumentar el
gasto. Ya se habla de ministerios de producción y de turismo. Poderes
sobre normas impositivas. Se basan en crear o eliminar exenciones en los impuestos vigentes, ya que no podrá crear otros nuevos. No
pueden alterarse exenciones que benefician a economías regionales,
cooperativas, mutuales, sindicatos y obras sociales. Sí
podrán devolver o compensar con otros tributos el saldo a favor de IVA conocido
como “saldo técnico”, que surge de las diferencias entre débitos y créditos
fiscales que, hasta ahora, solo podía recuperarse contra saldo a pagar de IVA
generado por la propia empresa. Entendemos que, de reglamentarse esta facilidad,
tendrá una aplicación muy restrictiva. No debe olvidarse tampoco que el
estado debe una gruesa suma no ya por “saldo técnico” sino por saldo de
“libre disponibilidad”, que se originan por efecto de los regímenes de
retenciones y percepciones del impuesto. Ya en tiempos de Roque Fernández se
llegó a dictar una resolución por la cual se ofrecería la devolución con
bonos. Algunos ubican esa deuda en 7000 millones, aunque probablemente sea
menor. Sería interesante retomar aquella propuesta. También
podrán crearse regímenes de regularización fiscal y facilidades de pago (es
inminente el lanzamiento de una nueva moratoria). Podrán
modificar procedimientos aduaneros, tributarios y de recaudación previsional
para otorgar a las provincias y Ciudad de Buenos Aires igual tratamiento que al
Estado Nacional. Sería muy bueno, aunque poco probable, que se buscara la
unificación de organismos de recaudación ya que actualmente se observa con
frecuencia que un mismo contribuyente recibe inspecciones simultáneas unas con
otras de entes de control nacionales, provinciales (de varias provincias cuando
se actúan en todo el país) y hasta
municipales. También
podrán otorgar diferimientos, reintegros, deducciones en provincias afectadas
por la privatización de empresas públicas. Poderes
para establecer tasas. Podrán
crear tasas. Las tasas, a diferencia de los impuestos, al menos en teoría,
requieren de una contraprestación directa por el pago que se efectúa. Por
ejemplo: tasas de alumbrado y limpieza. En estos casos, las tasas deberán estar
vinculadas a proyectos de infraestructura y la percepción de la tasa deberá
efectuarse a partir de la finalización de la obra. Esta norma permitirá dar en
concesión con mayor facilidad obras públicas. Puede ocurrir, entonces, que se
relance el plan de infraestructura tantas veces demorado. Poderes
para “desregular”. Una vieja “lucha” de Cavallo que le trajo grandes peleas con varias profesiones (escribanos, agrimensores, farmacéuticos, etc.). En aquellos años, sus impulsos tuvieron un alcance territorial limitado, que no llegó mucho más allá de la antigua Capital Federal, por depender en esa época directamente del Poder Ejecutivo. Era un loable propósito frente al cual muchas provincias se ocuparon de evitar que se “desregulara” dentro de sus jurisdicciones. Algunas provincias crearon más regulaciones luego de su alejamiento del ministerio. La
desregulación no podrá “tocar” los códigos civil, minero y de comercio.
Tampoco normas penales, laborales, previsionales, de asignaciones familiares, y
el marco regulatorio del empleo público. Límite
a privatizaciones y a cesión en garantía. No
podrán privatizarse ni darse en garantía empresas públicas, universidades, el
Banco Nación, AFIP y el Pami, entre otros entes estatales. Límites
en despidos y sueldos. El
ejercicio de estas facultades delegadas no habilita al Poder Ejecutivo a
producir despidos ni rebajas en sueldos y jubilaciones. Desregulación
y mejora de los mercados de capitales y de seguros. Pueden
modificar el marco regulatorio de estos mercados sin lesionar el control y
procurando mejorar la eficiencia y la transparencia. LO
QUE SE ESPERA. Como
se comentó antes, está suspendida la desregulación de obras sociales y es
inminente la suspensión del decreto de reforma previsional dictado en diciembre
del año pasado (sobre ambos temas hemos informado antes). Por ese motivo, se
suspendieron los pases de obras sociales sindicales a obras sociales de dirección
y se suspendieron las nuevas comisiones que se disponían a empezar a cobrar las
AFJP. El
equipo de Cavallo estudiará algún cambio en esos temas para presentar a la
opinión pública, pero en esencia no debería esperarse mejoras de importancia. Algunos
compromisos con los dirigentes sindicales y el ánimo de no irritar a los
legisladores, lleva a pensar que es poco probable que aparezcan reformas
importantes en esos temas. La
gente de Cavallo sí impulsará acuerdos con las provincias para tratar de
eliminar los famosos impuestos de sellos e ingresos brutos. Es un objetivo no
cumplido en su anterior paso por el ministerio. No será fácil avanzar en ese
terreno porque los montos recaudados por esos impuestos son muy importantes para
las provincias. Ingresos brutos, solamente, genera más de 8.000 millones por año. Se
buscará tratar de que baje el riesgo-país y se reduzca el costo financiero que
soporta el estado para sostener su deuda. No parece fácil, pero se intentará
apoyos directos por parte de los Estados Unidos. El ministro anunció que no
colocará deuda en el exterior hasta que no entrevea la posibilidad de bajar la
tasa. Sí, en cambio, anunció que mantendrá el cronograma de LETEs (el
10/4/2001 deberían licitarse 700 millones). En otro plano, cabe esperar que sectores muy castigados reciban algunas mejoras. Es probable que esto beneficie, en primer término, a las industrias textiles y metalúrgicas. La confianza de la gente aumentó claramente en estos días y algunos sectores vieron crecer el volumen de ventas. Sin embargo, todavía debe esperarse para ver si efectivamente se afianza una tendencia favorable. No
es desatinado esperar que las cotizaciones de títulos y acciones recuperen una
gran parte de lo perdido en los meses de febrero y marzo, donde la economía del
país estuvo sumida en un lamentable desconcierto. Como comentamos a principios de año, resolver los aspectos financieros no era suficiente para corregir la falta de crecimiento y alto desempleo que vive el país. Pasó así Machinea. Tampoco se aceptó un ataque exclusivamente orientado por el lado del gasto público. Algunos sectores con alto peso político abreviaron el paso de López Murphy por Economía. Llegó, en fin, el turno de Cavallo. DATOS
MACROECONÓMICOS. EVOLUCIÓN
DEL PBI EN EL AÑO 2000. Tal
como se venía anticipando desde agosto de 2000, el año pasado cerró
-nuevamente- con un retroceso del crecimiento del PBI. Como es obvio, el
retroceso es mayor si se mide la renta per cápita debido a que la población sí
tiene un crecimiento vegetativo. Veamos
los datos:
CAIDA
DE GANANCIAS ENTRE LAS EMPRESAS. Un
estudio del Banco Río - Grupo Santander basado en analizar los estados
contables de más de cien empresas no financieras y 30 bancos, muestra la
previsible caída en el nivel de ganancias que mostraron las empresas durante el
año 2000. Aunque una revisión más detallada de esos datos descubre la cada más
importante incidencia del sector petróleo y que en el año 2000 la disminución
de los resultados netos con respecto al año 1999 se explica por el aumento de
los costos financieros. También
se pone de manifiesto una disminución en el retorno sobre activo (ROA) y en el
retorno sobre capital (ROE). Veamos
un resumen:
En
cambio, el sector financiero, sin el Banco Hipotecario, muestra mejores
indicadores para el año 2000 que las empresas no financieras.
Realizado por: Silvina González y Alejandro González Escudero. © Alejandro González y Asociados.
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