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Tal
como lo hemos venido comentado en los informes que prepara
nuestro estudio, la AFIP/DGI dictó normas para admitir el
archivo electrónico de los duplicados de la documentación
que emite la empresa y también exigirá a partir del
1/6/2003 para ciertos contribuyentes que la información
sobre operaciones de ventas y de compras se almacene
electrónicamente con ciertos requisitos.
A raíz de ello, surge para muchas empresas
la obligación de cumplir con estas disposiciones, pero
también la oportunidad de aprovechar la necesidad de
rediseñar ciertos archivos para minimizar el empleo de
papel y de registros en libros rubricados.
Con esa idea, preparamos un ofrecimiento
que incluye varios módulos y permitiría, en el más amplio
de los casos, almacener prácticamente la totalidad de la
documentación comercial, legal y contable de transacciones
con terceros en soportes magnéticos prescindiendo de
papeles y libros.
Esto es, dado que el tema debe abordarse
por las exigencias de la AFIP, hacerlo con todos los
soportes que almacenan los duplicados de comprobantes
emitidos y los registros contables de las operaciones
(normas de la ley de sociedades comerciales).
EMPRESAS OBLIGADAS A REGISTRAR SUS
OPERACIONES CON LAS EXIGENCIAS DE LA AFIP/DGI:
Se enuncian los principales casos en que
obligatoriamente se debe cumplir con las exigencias de la
AFIP/DGI.
Sin perjuicio de ello, éstas y otras
empresas que lo soliciten, pueden archivar
electrónicamente el duplicado de los documentos que emiten
y obtener autorización para efectuar los registros
contables en soportes magnéticos, prescindiendo de los
libros rubricados, con importantes ahorros de gastos en
papeles, impresiones y rúbricas de libros contables.
Obligados:
- Empresas autoimpresores de sus
facturas.
Que emitan más de 200.000
comprobantes/año.
Ventas mayores o iguales a 20. millones
y más de 5.000 facturas, en ambos casos en un año.
Obligados a presentar el CITI.
Obligados a actuar como agentes de
retención y percepción del IVA.
¿En qué consiste lo que pide la
AFIP/DGI?
La AFIP/DGI exigirá a los contribuyentes
mencionados que guarden registros de sus operaciones
(ventas y compras) con una cantidad de datos determinada
por ellos y con un formato y uso de tablas también
determinado por ese organismo.
Pide que a partir de esos archivos y con un
algoritmo especial se obtenga un código de seguridad que
será informado a la AFIP en oportunidad de presentar las
declaraciones juradas del impuesto al valor agregado.
Además, establece que el proceso para
obtener el código de seguridad debe ejecutarse dentro de
los 15 días siguientes al fin del mes anterior.
Los archivos generados deben guardarse en
soportes magnéticos u ópticos en dos copias, una
localizada en la propia empresa y la otra en otro lugar a
una distancia superior a los 200 metros.
Por otra parte, la información debe estar
accesible ante un pedido de la AFIP/DGI en el término de 2
horas y se preve que para el 1/1/2004 lo pueda hacer
directamente por internet.
¿Qué solución ofrecemos?
Trabajando en conjunto cuestiones de
sistemas, fiscales y contables, preparamos una solución
integral para el tema.
Consiste, en esencia, en el desarrollo de
un software que a partir de un input preconfigurable
permite generar como output todos los archivos que exige o
permite utilizar como duplicados la AFIP/DGI.
Como generalmente la salida de la
información de los sistemas de gestión de las empresas no
es fácilmente adaptable a los requerimientos de formatos
de la AFIP/DGI, ofrecemos colaboración para configurar con
el área de sistemas de la empresa cómo obtener esa
información que será el input del referido software.
Adicionalmente, podríamos obtener o
actualizar las autorizaciones de medios electrónicos (en
la Inspección General de Justicia) de forma tal que los
registros contables puedan guardarse en soporte magnético.
En detalle, es lo siguiente:
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MÓDULO |
BENEFICIOS |
PRECIO |
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Licencia para el uso del software
de generación de archivos AFIP/DGI. |
La salida de este software cumple
con las exigencias de la AFIP/DGI. |
$ 1.100,- única vez. |
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Soporte para la adecuación de
salidas del sistema de gestión de la empresa con el
software para la generación de archivos AFIP/DGI. |
Tareas para lograr una interfase
que funcione entre los sistemas de gestión de la
empresa y el sistema. |
$ 700 única vez. |
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Autorización de medios electrónicos
(art. 61 ley 19550) |
Autorizar el sistema y los formatos
de ciertos reportes para reemplazar todos los libros
contables y que sean almacenados en soporte magnético
con validez legal como medio de prueba. Si ya se
cuenta con esa autorización, adaptarla a las nuevas
exigencias. |
$ 1.300,- única vez. |
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Soporte mensual, up grade del
sistema ante cambios en la reglamentación, generación
y guarda de las copias de seguridad y respuesta dentro
de los tiempos exigidos ante reclamos de la AFIP/DGI.
Disponibilidad de una conexión a internet para que la
AFIP acceda a la información por esa vía a partir del
1/1/2004. |
Ejecutar el proceso de generación
de la información, disponer de la caja de seguridad
para la guarda de los soportes a más de 200 mts de la
empresa y tener la información en línea para responder
dentro de las 2 hs ante un requerimiento de la AFIP/DGI. |
$ 200,- mensuales. |
Contra estos costos están las ventajas de
terminar con las registraciones en papel y la rúbrica de
los libros contables.
Los clientes del estudio, los socios de la
Asociación Argentina de Franchising y los socios de la
Cámara de Grandes Marcas tienen una bonificación del 20 %
en los mencionados precios.
El desarrollo del software está a cargo del
Lic. Osvaldo Castillo.
Estamos a su disposición.
Alejandro González Escudero.
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