Sistema para el archivo electrónico de duplicados y registro de operaciones.

Disposiciones de la AFIP y oportunidad de organizar archivos reduciendo costos.

 

 

Tal como lo hemos venido comentado en los informes que prepara nuestro estudio, la AFIP/DGI dictó normas para admitir el archivo electrónico de los duplicados de la documentación que emite la empresa y también exigirá a partir del 1/6/2003 para ciertos contribuyentes que la información sobre operaciones de ventas y de compras se almacene electrónicamente con ciertos requisitos.
 
A raíz de ello, surge para muchas empresas la obligación de cumplir con estas disposiciones, pero también la oportunidad de aprovechar la necesidad de rediseñar ciertos archivos para minimizar el empleo de papel y de registros en libros rubricados.
 
Con esa idea, preparamos un ofrecimiento que incluye varios módulos y permitiría, en el más amplio de los casos, almacener prácticamente la totalidad de la documentación comercial, legal y contable de transacciones con terceros en soportes magnéticos prescindiendo de papeles y libros.
 
Esto es, dado que el tema debe abordarse por las exigencias de la AFIP, hacerlo con todos los soportes que almacenan los duplicados de comprobantes emitidos y los registros contables de las operaciones (normas de la ley de sociedades comerciales).
 
 
EMPRESAS OBLIGADAS A REGISTRAR SUS OPERACIONES CON LAS EXIGENCIAS DE LA AFIP/DGI:
 
Se enuncian los principales casos en que obligatoriamente se debe cumplir con las exigencias de la AFIP/DGI.
Sin perjuicio de ello, éstas y otras empresas que lo soliciten, pueden archivar electrónicamente el duplicado de los documentos que emiten y obtener autorización para efectuar los registros contables en soportes magnéticos, prescindiendo de los libros rubricados, con importantes ahorros de gastos en papeles, impresiones y rúbricas de libros contables.
 
Obligados:
  • Empresas autoimpresores de sus facturas.
  • Que emitan más de 200.000 comprobantes/año.
  • Ventas mayores o iguales a 20. millones y más de 5.000 facturas, en ambos casos en un año.
  • Obligados a presentar el CITI.
  • Obligados a actuar como agentes de retención y percepción del IVA.
 
¿En qué consiste lo que pide la AFIP/DGI?
 
La AFIP/DGI exigirá a los contribuyentes mencionados que guarden registros de sus operaciones (ventas y compras) con una cantidad de datos determinada por ellos y con un formato y uso de tablas también determinado por ese organismo.
 
Pide que a partir de esos archivos y con un algoritmo especial se obtenga un código de seguridad que será informado a la AFIP en oportunidad de presentar las declaraciones juradas del impuesto al valor agregado.
 
Además, establece que el proceso para obtener el código de seguridad debe ejecutarse dentro de los 15 días siguientes al fin del mes anterior.
 
Los archivos generados deben guardarse en soportes magnéticos u ópticos en dos copias, una localizada en la propia empresa y la otra en otro lugar a una distancia superior a los 200 metros.
 
Por otra parte, la información debe estar accesible ante un pedido de la AFIP/DGI en el término de 2 horas y se preve que para el 1/1/2004 lo pueda hacer directamente por internet.
 
 
¿Qué solución ofrecemos?
 
Trabajando en conjunto cuestiones de sistemas, fiscales y contables, preparamos una solución integral para el tema.
 
Consiste, en esencia, en el desarrollo de un software que a partir de un input preconfigurable permite generar como output todos los archivos que exige o permite utilizar como duplicados la AFIP/DGI.
 
Como generalmente la salida de la información de los sistemas de gestión de las empresas no es fácilmente adaptable a los requerimientos de formatos de la AFIP/DGI, ofrecemos colaboración para configurar con el área de sistemas de la empresa cómo obtener esa información que será el input del referido software.
 
Adicionalmente, podríamos obtener o actualizar las autorizaciones de medios electrónicos (en la Inspección General de Justicia) de forma tal que los registros contables puedan guardarse en soporte magnético.
 
En detalle, es lo siguiente:
 

MÓDULO

BENEFICIOS

PRECIO

Licencia para el uso del software de generación de archivos AFIP/DGI.

La salida de este software cumple con las exigencias de la AFIP/DGI.

$ 1.100,- única vez.

Soporte para la adecuación de salidas del sistema de gestión de la empresa con el software para la generación de archivos AFIP/DGI.

Tareas para lograr una interfase que funcione entre los sistemas de gestión de la empresa y el sistema.

$ 700 única vez.

Autorización de medios electrónicos (art. 61 ley 19550)

Autorizar el sistema y los formatos de ciertos reportes para reemplazar todos los libros contables y que sean almacenados en soporte magnético con validez legal como medio de prueba. Si ya se cuenta con esa autorización, adaptarla a las nuevas exigencias.

$ 1.300,- única vez.

Soporte mensual, up grade del sistema ante cambios en la reglamentación, generación y guarda de las copias de seguridad y respuesta dentro de los tiempos exigidos ante reclamos de la AFIP/DGI. Disponibilidad de una conexión a internet para que la AFIP acceda a la información por esa vía a partir del 1/1/2004.

Ejecutar el proceso de generación de la información, disponer de la caja de seguridad para la guarda de los soportes a más de 200 mts de la empresa y tener la información en línea para responder dentro de las 2 hs ante un requerimiento de la AFIP/DGI.

$ 200,- mensuales.

 
Contra estos costos están las ventajas de terminar con las registraciones en papel y la rúbrica de los libros contables.
 
Los clientes del estudio, los socios de la Asociación Argentina de Franchising y los socios de la Cámara de Grandes Marcas tienen una bonificación del 20 % en los mencionados precios.
 
El desarrollo del software está a cargo del Lic. Osvaldo Castillo.
 
Estamos a su disposición.
 
 
Alejandro González Escudero.